Adecuación a la normativa de puertas automáticas y mantenimiento obligatorio para la seguridad vecinal.

Adecuación a la normativa de puertas automáticas y mantenimiento obligatorio para la seguridad vecinal.

Adecuación a la normativa de puertas automáticas y mantenimiento obligatorio para la seguridad vecinal.

Como bien especifica el Colegio Oficial de Administradores de Fincas, una de las funciones de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Conserjería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura es la vigilancia del mercado, cuyo objetivo es garantizar que los productos y los servicios puestos de los consumidores y usurarios, cumplen los requisitos establecidos para proporcionar un nivel elevado para la seguridad.

Siendo así, se ha realizado una campaña de inspección de las puertas motorizadas industriales, comerciales y de garaje, cuyos resultados han resultado preocupantes por la dejadez existente en este campo.

Es por ello por lo que una de las funciones principales de los titulares o propietarios, así como de los administradores, reside principalmente en la vigilancia de las puertas automáticas para velar por la seguridad de los propietarios, cumpliendo los estándares europeos, a la hora de recepcionar, utilizar, reparar y mantener las puertas automáticas, y de que se cumplan los requisitos de las disposiciones reguladoras por parte de los diferentes agentes que realizan las tareas pertinentes, así como por parte de esos mismos titulares o propietarios.

Por todo esto, destacamos que desde mayo del año 2005 de conformidad con el Reglamento (UE) nº 305/2011, es obligatorio recopilar por parte de la Comunidad, como mínimo, la siguiente documentación para que su Puerta Automática sea legal:

  • Factura: En la cual se indicará detalladamente todo los elementos en ella instalados.
  • Placa identificativa con la marca CE: Fijada en la puerta.
  • Declaración de conformidad: Sellada y firmada.
  • Manual de uso y Mantenimiento: Explicada clara y detalladamente.

 

En caso de falta de adecuación, podremos ser sancionados administrativamente conforme a las disposiciones de la Ley de Industria.

Guadalupe Murillo
Administradora/Asesora Jurídica

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