
¿Es obligatorio el uso de la mascarilla en las zonas comunes del edificio?
Desde la publicación el pasado día 10 de Julio en el Diario Oficial de Extremadura de la Resolución de Nuevas Medidas sobre el Uso de Mascarillas, el USO DE MASCARILLAS dentro de los Edificios y Zonas Comunes de los mismos, sólo es RECOMENDABLE, así como MANTENER LA DISTANCIA INTERPERSONAL DE 1,5 METROS.
El Decreto, cuya redacción es similar a los publicados en en otras Comunidades Autónomas, establece la OBLIGATORIEDAD para:
- ESPACIOS AL AIRE LIBRE.
- CUALQUIER ESPACIO CERRADO DE USO PÚBLICO O ABIERTO AL PÚBLICO.
Aunque un Edificio Privado puede ser usado por personas ajenas al mismo para realizar alguna actividad de reparación, entrega de paquetes u otros, no se considera de Uso Público.
Desde Efinca, consideramos que al ser un espacio cerrado, aunque sea privado, es altamente recomendable el uso de mascarillas para la correcta protección frente al Covid.